Fondo MIVIVIENDA

Arrendador

¿QUÉ BENEFICIOS TENGO SI REGISTRO MI CONTRATO DE ALGUILER EN EL RAV?

Los principales beneficios para el arrendador son los siguientes:

  • Contratos estandarizados que establecen la seguridad jurídica de los procesos de alquiler de inmuebles.
  • Acceso a información pública, que permite informarse sobre las conductas de los potenciales arrendatarios.
  • Proceso Único de Ejecución de Desalojo más rápido y seguro.
  • Beneficios tributarios a fin de fomentar el alquiler.

Ten presente que si tu contrato no está inscrito en el RAV no puedes invocar los beneficios del régimen creado por el D.L. 1177.

 

¿DEBO PAGAR IMPUESTOS?

La formalización del alquiler de viviendas que es impulsada por el RAV, obligará al pago de impuesto a la renta como cualquier contribuyente. No obstante, si comparamos los beneficios derivados de este modelo como son la estabilidad jurídica y seguridad de un rápido desalojo en caso de incumplimiento de parte del arrendatario, sobrepasan con creces esta carga impositiva.

 

¿CÓMO REGISTRO MI CONTRATO DE ALQUILER EN EL RAV?

  • Establecer por mutuo acuerdo entre arrendatario y arrendador las condiciones del contrato (plazo, monto, moneda, periodicidad del pago, entre otros) y su registro en el RAV.
  • Identificar las Notarías que tengan convenio firmado con el Fondo Mivivienda donde podrán solicitar atención. Estas se encuentran publicadas en el portal web del FMV.
  • La Notaría, previa verificación de la identidad de las personas (RENIEC) y de la propiedad de la vivienda a ser alquilada (SUNARP), registrará en el RAV el FUA (Contrato de Alquiler), que contiene los datos de los contratantes, del inmueble, de la Notaría y las condiciones pactadas, cobrando para ello el monto que dicha instancia establezca.
  • La Notaría entregará copia del contrato de alquiler (FUA) y una constancia del registro a los contratantes.

 

¿ DÓNDE REGISTRO MI CONTRATO DE ALQUILER EN EL RAV?

  • El público interesado puede ingresar a la web del Fondo Mivivienda para descargar el formato de contrato y revisar la información que será requerida para su registro
  • El Reglamento se ha aprobado recientemente, por lo que se está trabajando en la implementación de los procedimientos y canales para el funcionamiento del RAV.
  • Una vez logrado lo anterior, el registro de los contratos de alquiler se realizará en las Notarías autorizadas por el Fondo Mivivienda a nivel nacional.
  • En este momento, el Fondo Mivivienda viene acreditando a las Notarías con las que iniciaremos el proceso de registro de contratos de alquiler. Por ello, para esta primera etapa debes realizar lo siguiente:

Si actualmente eres arrendador o arrendatario y deseas inscribir tu contrato en el RAV, tienes que coordinar con tu arrendatario o arrendador respectivamente para ratificar o modificar las condiciones del alquiler y acordar efectuar el registro; luego puedes comunicarte a través del 0800 12200 o acercarse a la Vitrina Inmobiliaria del Fondo Mivivienda en el Jirón Camaná N° 199, Cercado de Lima, manifestando tu interés, a fin que un asesor te oriente.

Luego el personal del Fondo Mivivienda se comunicará contigo para indicarte a qué notarías podrás dirigirte para realizar tu registro.

  • Del mismo modo, dentro de poco tiempo los bancos deben estar listos para aplicar este producto.

 

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