El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento de Vivienda de Interés Social, con el objetivo de garantizar el derecho que tiene toda persona a una casa digna y adecuada, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible (Ley 31313).
Mediante Decreto Supremo 006-2023-Vivienda, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se señala que dicho reglamento consta de dos títulos, cinco capítulos, 43 artículos, tres disposiciones complementarias finales y dos disposiciones complementarias transitorias.
La vivienda de interés social es promovida por el Estado con la finalidad de reducir la brecha del déficit habitacional cualitativo y cuantitativo, favoreciendo a las personas de menores recursos, en especial a aquellas que se encuentran asentadas en zonas de riesgo no mitigable o en situación de vulnerabilidad.
El reglamento busca establecer las condiciones para la intervención del Estado, en sus tres niveles de gobierno; la promoción de la inversión privada; así como la participación y la organización comunitaria, para el desarrollo de la vivienda de interés social.
Dicha directiva tiene que estar en concordancia con los instrumentos de planificación urbana y de uso y gestión del suelo aprobados por las municipalidades provinciales, así como con los objetivos y lineamientos establecidos en la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, para reducir la brecha del déficit habitacional cualitativo y cuantitativo.
Registro
El reglamento indica que los promotores inmobiliarios y los constructores que diseñen o ejecuten proyectos para vivienda de interés social deben registrar dicha información en el Observatorio Urbano Nacional que administra y supervisa el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
También deben registrarla las entidades responsables de administrar toda información referida a proyectos para vivienda de interés social aprobados, ejecutados e inscritos; así como de los hogares beneficiarios con subsidios habitacionales.
El presente decreto supremo y el reglamento son publicados en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda).