En mérito a la publicación de la R.M. N° 288-2023-VIVIENDA, se modificaron el párrafo 3.3 del artículo 3 y el artículo 4 de la R.M. N° 077-2023-VIVIENDA que aprueba la Primera Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2023 (LA CONVOCATORIA), bajo los siguientes términos:
“Artículo 3.- Disposiciones especiales
(…)
3.3 El plazo máximo para que las Entidades Técnicas soliciten la asignación y el desembolso de los BFH de estos Grupos Familiares Elegibles, incluida la posible subsanación de observaciones a las solicitudes presentadas, es el 10 de agosto del 2023”.
“Artículo 4.- Plazo de vigencia de la condición de Grupo Familiar Elegible
Los Grupos Familiares Elegibles de la presente Convocatoria que se encuentren en calidad de excedentes por no alcanzar el número de BFH convocados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial; así como, los Grupos Familiares Elegibles que cuentan con código de proyecto, cuyas Entidades Técnicas no presentan la solicitud de asignación y desembolso del BFH, mantienen dicha condición hasta el 10 de agosto del 2023, fecha en la que se cierra la Convocatoria, lo cual es publicado en sede digital del FMV”.
Como es de conocimiento, mediante disposición extraordinaria de la R.M. N ° 106-2023-VIVIENDA, se dispuso la suspensión por un plazo de treinta días calendarios de todas las etapas para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional (BFH) que estuvieran pendientes a la fecha de su publicación. En tal sentido, con la presente R.M. N° 288-2023-VIVIENDA, se ha ampliado en treinta días calendarios la fecha de cierre original, estableciéndose como nueva fecha de cierre de LA CONVOCATORIA el 10 de agosto de 2023; manteniendo de esta forma las mismas consideraciones que se realizaron para calcular el plazo de cierre original.
Algunas consideraciones:
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De acuerdo con el Reglamento Operativo los plazos para solicitar la asignación y/o desembolso, son los siguientes:
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45 días calendario para solicitar asignación cuando construya con recursos propios
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57 días calendario cuando presente garantías para la asignación y desembolso del BFH.
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Estos plazos se contabilizan a partir del día hábil siguiente de otorgado el Código de Proyecto en el NSTP en cualquiera de sus estados (CP. Aprobado, CP. Observado. CP. Evaluación).
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La ET no podrá presentar la solicitud de asignación y desembolso de los BFH, luego de transcurrido dichos plazos reglamentarios.
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De acuerdo con lo indicado en la RM 288-2023-VIVIENDA la ET podrá efectuar dichos tramites solo hasta el 10.08.2023. Hasta dicha fecha, también se incluye la subsanación de las posibles observaciones que se efectúen de las solicitudes presentadas.
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Este plazo también aplica para la solicitud de cambio de ET, incluyendo asignación y/o desembolso del BFH.
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Los GFE que se encuentren en calidad de excedentes por no alcanzar el número de BFH convocados mantendrán su condición como tal hasta el 10.08.2023.
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Una vez otorgado el código de proyecto en su Zona Segura, en la sección “Seguimiento de Proyecto” puede visualizar el detalle del registro de proyecto y sus plazos.
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El 10.08. 2023 se cierra la convocatoria