BONOS DE PROTECCIÓN DE VIVIENDAS VULNERABLES A LOS RIESGOS SÍSMICOS
El Bono Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos (BPVVRS) creado por Ley 30191, cuyo Reglamento Operativo R.M. 172-2014-VIVIENDA –VMVU-DNV y su modificatoria Reglamento Operativo R.M. 352-2014-VIVIENDA –VMVU-DNV establecen el procedimiento para la identificación y determinación de las zonas a intervenir, así como, los procedimientos, requisitos y condiciones para el otorgamiento del BPVVRS.
Actualmente, se encuentran vigentes las siguientes convocatorias:
- RM N° 294-2014-VIVIENDA: Primera Convocatoria de 500 Bonos de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos (BPVVRS) para el año 2014 a la población del distrito de Comas.
- RM N° 352-2014-VIVIENDA:
· Se amplían la Primera Convocatoria al otorgamiento de 3, 012 BPVVRS para el distrito de Comas.
· Se convoca a Segunda Convocatoria de 5,321 BPVVRS para el año 2014 para los distritos de Carabayllo, El Agustino, Independencia, Puente Piedra, San Juan de Lurigancho y el distrito de Ventanilla.
· Modifican el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Vivienda Vulnerables a los Riesgos Sísmicos.
- RM N° 272-2015-VIVIENDA: Mediante la cual se aprueba la apertura Primera Convocatoria del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos (BPVVRS) para el año 2015 dirigida a la población de los distritos de Ate, San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo, Pachacamac y Ancón, de la provincia y departamento de Lima para el otorgamiento de hasta 2 000 (Dos mil) BPVVRS.
Es importante señalar, para los efectos de la presente Convocatoria, el valor del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos es de S/. 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Soles) y el área mínima a intervenir con las obras de reforzamiento estructural es de 14 m².
- RM N° 366-2016-VIVIENDA: Se aprueba la apertura Primera Convocatoria del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos (BPVVRS) para el año 2016 dirigida a la población de los distritos de Chivay, Ichupampa, Achoma, Yanque, Maca, Madrigal y Coporaque de la provincia de Caylloma y Cabanaconde, Huambo, Lari, Tapay y Tuti de la provincia de Caylloma en el departamento de Arequipa declarados en emergencia mediante Decretos Supremos N° 062 y 065-2016-PCM para el otorgamiento de hasta 1,129 BPVVRS.
Es importante señalar, para los efectos de la presente Convocatoria, el valor del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos es de S/. 23,500.00 (Veintitrés Mil Quinientos y 00/100 Soles) y el área mínima a intervenir con las obras de reforzamiento estructural es de 25 m².
¿Qué es el Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos?
Es una ayuda económica que otorga el Estado a una familia de manera gratuita (no se devuelve), para reforzar una habitación existente de la casa para que pueda soportar los temblores fuertes.
¿Cuáles son los requisitos?
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Ser evaluado por el SISFOH con nivel socioeconómico pobre o pobre extremo.
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Ser propietario del predio inscrito en Registros Públicos o COFOPRI.
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La vivienda debe ser evaluada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
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DNI del Propietario.
Formato:
Formulario de Elegibilidad
Reporte de Grupos Familiares con situación actual de Elegibles:
Reporte