¿EN QUÉ CONSISTE EL BONO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA?
Es un subsidio brindado por el Estado para el arriendo de viviendas, incentivando el ahorro para acceder a una vivienda y mejorar las condiciones de habitabilidad de la población nacional.

¿EN QUÉ NOTARÍAS PUEDO REGISTRAR MI CONTRATO?
Una vez declarado el Grupo Familiar CONSISTE EL BONO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA?
Es un subsi Elegible o Grupo No Dependiente Elegible se debe proceder a la firma del contrato en una notaría autorizada por el Fondo MIVIVIENDA en el marco del Registro de Arrendamiento para Vivienda (RAV).






REQUISITOS MÍNIMOS DE LA VIVIENDA
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Contar con servicios básicos de agua, desagüe y electricidad.
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Contar con un ambiente multiuso, zona de dormitorio, un baño con puerta con lavatorio, ducha e inodoro.
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Contar con conformidad de obra y declaratoria de edificación.
POSTULACIÓN
Se realiza previa convocatoria aprobada por Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
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Resolución Ministerial N° 407 -2019-VIVIENDA- Tercera Convocatoria para el año 2019.
CENTROS AUTORIZADOS
La tercera convocatoria, se encuentra cerrada para la ciudad de Lima. Y está vigente en las ciudades de Ayacucho, Cajamarca, Ica y Tacna, donde se podrá inscribir en los siguientes Centros de Atención:
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Ayacucho: Jr. Garcilaso de la Vega N°797, Urb. Banco de la Nación M-13.
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Cajamarca: Jr. Baños del Inca Nº 112, 114, 116 - Ramón Castilla.
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Ica: Calle Los Nardos 185, Urb San Isidro.
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Tacna: Calle César Faucheaux Mz. A Lt. 2 - Tacna, Tacna.
Inicio de Inscripciones: 19 de Diciembre de 2019.